Nueva reglamentación para la homologación de vehículos
El Gobierno nacional ha realizado cambios en la reglamentación de la Ley de Tránsito, introduciendo un nuevo mecanismo para la homologación de vehículos fabricados conforme a las normas de seguridad de Estados Unidos. Esta modificación afecta al artículo 28 de la Reglamentación General de la Ley N° 24.449, que detalla los requisitos necesarios para que los vehículos puedan circular en las calles y rutas argentinas.
Detalles del nuevo esquema
Con el nuevo sistema implantado, los vehículos elaborados bajo las Federal Motor Vehicle Safety Standards (FMVSS) podrán ser homologados en Argentina al presentar la “Blue Ribbon Letter”, un documento en el que constan la marca, el modelo, y ciertos datos del Número de Identificación Vehicular (VIN).
Implicaciones del decreto
El decreto establece que esta certificación estadounidense permitirá la homologación de los vehículos sin requerir requisitos de seguridad adicionales a los dispuestos por la NHTSA. Sin embargo, las autoridades argentinas retendrán sus facultades de fiscalización. A pesar de estas modificaciones, la obligación de poseer Licencias de Configuración de Modelo (LCM) y Licencias de Configuración Ambiental (LCA) continúa vigente. La LCM verifica el cumplimiento de los requisitos de seguridad activa y pasiva, mientras que la LCA se relaciona con emisiones contaminantes y otros aspectos ambientales.
Responsabilidades de fabricantes e importadores
El decreto incluye nuevas obligaciones para los fabricantes e importadores cuyas unidades sean homologadas bajo la “Blue Ribbon Letter”. Estos deberán notificar de manera inmediata a las autoridades argentinas sobre sanciones, investigaciones, o incumplimientos relacionados con los vehículos en cuestión. La falta de este deber puede resultar en la suspensión o revocación de la homologación. Además, se considera falta grave la alteración o falsedad de la información presentada en documentos vinculados al proceso de homologación, lo cual podría tener consecuencias civiles o penales.
Comercialización de autopartes y componentes
En relación a la comercialización, la nueva reglamentación sostiene el criterio de libre producción e importación de componentes, piezas y autopartes destinadas a vehículos, acoplados y semiacoplados, sin la necesidad de autorizaciones previas. Los fabricantes e importadores tendrán la responsabilidad de asegurar que estos elementos se ajusten a las especificaciones que estipula la normativa vigente.
Objetivos de la modificación
El Gobierno justifica esta medida como un esfuerzo por simplificar los procedimientos, reducir la carga administrativa y reconocer estándares técnicos internacionales. Según los fundamentos de la medida, el sistema estadounidense opera bajo una modalidad de autocertificación, donde los fabricantes son responsables de asegurar el cumplimiento de las normas federales de seguridad, quedando la NHTSA con facultades de supervisión y fiscalización posterior.

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